lunes, 29 de febrero de 2016

¿QUIENES SOMOS?

MUTANTES LTDA Somos una compañía prestadora de servicios de SG-SST, fundada y dirigida por especialistas en el área, con experiencia en la ejecución de actividades a gran escala, apoyando la implementación y desarrollo de los Sistemas en Gestión de Seguridad y Salud Industrial en las empresas clientes.


DESCRIPCIÓN

En MUTANTES LTDA. utilizamos las mejores estrategias para aplicar el SG-SST en su empresa, tomando siempre como base el
PLANEAR: Las actividades a realizar de acuerdo a la normatividad establecida según la industria de su empresa. 
En las actividades encontramos:
  • Cronograma: De actividades y capacitaciones a desarrollar, con el fin de mantener el orden y cumplimiento de lo propuesto
  • Capacitación: Realizamos capacitaciones con los diferentes tema de interés para todo el personal de la empresa, incluyendo la utilización de los EPP, Seguridad vial, trabajo en alturas, entre otros, con el fin de reducir el indice de accidentalidad en la empresa y mantener informado al personal de la importancia de estos y la renovación que hay en su normatividad.
  • Auditorias: Realizamos auditorias a toda la empresa en general, con ayuda del personal encargado, con el fin de brindar asesoría sobre la normatividad vigente para aumentar la calidad en la empresa.
  • EPP: Concientizamos a todo el personal, desde la gerencia hasta al trabajador, de la importancia del uso adecuado de los elementos de protección personal, con el fin de minimizar la ocurrencia de incidentes.
    - MUTANTES LTDA. brinda una excelente calidad en estos elementos para el bienestar del trabajador, de acuerdo a la industria y la labor en la que se encuentre.
  • Plan Seguridad vial: Tenemos en cuenta de que muchas empresas se encuentran asociadas al transporte en general, sea de carga, personas entre otros, con este plan pretendemos que tanto en la labor como en su vida cotidiana, todos en la empresa se encuentren conscientes de la cantidad de accidentes que pueden haber y de que manera se pueden minimizar los riesgos, según la normatividad y señalización vigente.
  • Reglamento de trabajo Seguro en Alturas: Se da a conocer a la gerencia y personal el reglamento y normatividad del trabajo en alturas y se brindan cursos sobre esté de acuerdo a la labor a realizar. 
  • Análisis de vulnerabilidad: Realizar un análisis donde se de a conocer  cuales son los riegos a los que se está expuesto, cuales son las áreas más vulnerables de su empresa y de ésta manera poder crear un plan de emergencia en caso de presentarse alguna con el fin de minimizar perdidas tanto económicas como de material y personal.
  • Emergencias: Realizar un plan de emergencia y ayuda mutua en su empresa para tener claro como actuar en caso de presentarse alguna.
  • Investigación de incidentes y AT: Realizamos la investigación de accidentes, incidentes y enfermedades laborales para crear estrategias y generar cambios que puedan reducir éste indice y mantener el bienestar del trabajador.
HACER: Cumplir con el desarrollo de las actividades propuestas de acuerdo a la economía y disposición de los integrantes de la empresa.

VERIFICAR: Se hace un constante seguimiento evaluando por medio de indicadores el resultado  de las actividades realizadas.

ACTUAR: Tomar acciones para la mejora continua del desempeño de los procesos.

POLITICAS

MUTANTES LTDA. Reconoce los recursos humano por su valor y entiende que la salud ocupacional es una condición necesaria para el bienestar de sus trabajadores, ya que repercute positivamente en el desarrollo integral y la productividad; integra la seguridad con la calidad en la operación diaria, con el fin de lograr una reducción de los costos generados por los accidentes de trabajo y las enfermedades de origen profesional, mejorando la calidad del servicio y ante todo generando ambientes sanos para los funcionarios que aquí trabajan. 
Por tal motivo, dentro del Programa de Salud Ocupacional, se contempla la planeación, organización, ejecución, control y evaluación de todas aquellas actividades tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores con el fin de evitar accidentes de trabajo y enfermedades, todo ello enmarcado dentro del cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente en materia de Salud Ocupacional.

INTRODUCCIÓN

"En lo que concierne a la salud ocupacional, en las últimas décadas en nuestro país, se ha venido trabajando en la planificación, organización, ejecución y evaluación de las actividades de medicina preventiva, medicina de trabajo, higiene industrial y seguridad industrial, con el ánimo de preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores en sus ocupaciones, por medio del Programa de Salud Ocupacional (PSO), el cual fue formalizado en los años ochenta por parte del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y de Salud en el Trabajo por medio de Decreto 614 de 1984 y la Resolución 1016 de marzo de 1989."
Se hace obligatoria la implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en las organizaciones.
Las empresas que no cumplan con la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo en sus empresas podrán ser sancionadas con multas hasta de 1.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes y en caso de reincidencia se podrá ordenar la suspensión de actividades hasta por un término de 120 días o cierre definitivo de la empresa.


TEMAS A TRATAR


  • Cronograma
  • Politica SST 
  • Capacitación
  • Auditorias
  • EPP
  • Plan.Seguridad vial
  • Reglamento de trabajo Seguro en Alturas
  • Emergencias
  • Análisis de vulnerabilidad
  • Investigación de incidentes y AT

AUDITORIAS

Objetivo


  •     Estudiar el marco actual de las auditorias de prevención de riesgos laborales, desde el punto de vista                   legislativo   y empresarial.
  •     Analizar los aspectos básicos que se han de verificar en la realización de las auditorias.
  •     Identificar las particularidades de las auditorias de OSHAS respecto a las auditorias legales
  •     Identificar los sistemas de gestión más implantados actualmente
  •     Determinar los aspectos clave que deberán ser verificados en una empresa que se audita
  •       Planificar y llevar a cabo una auditoria
  •     Valorar la gravedad de las desviaciones o no conformidades que se pueden encontrar en una auditoria




CRONOGRAMA

Objetivo:

Planear y organizar las actividades que se van a realizar durante un periodo con el fin de proveer información al personal interesado.

CAPACITACIÓN

Algunas empresas presentan el incumplimiento de comunicar y capacitar a sus trabajadores en los programas de Salud Ocupacional que la empresa tiene la obligación de desarrollar.

El Decreto Ley 1295 de 1994, Artículo 21, “Manifiesta que una de las obligaciones del empleador es proporcionar y facilitar las capacitaciones en materia de salud ocupacional.” De la misma forma nos lo indica la Resolución 1016 de 1989 Artículo 14, que el programa de Salud Ocupacional que realice y desarrolle la empresa deberá mantener actualizados los registros tales como el “cumplimiento de programas de educación y entrenamiento”

El empleador puede tener una sanción si no cumple este requerimiento: De acuerdo al artículo 30 de la Ley 1562 de 2012, ante el incumplimiento de actividades como estas definidas en el Programa de Salud Ocupacional se impondrán multas de hasta mil (1000) salarios mínimos legales mensuales vigentes. ***


Para el caso de los trabajadores, se llevara a cabo el procedimiento disciplinario establecido por la empresa de acuerdo a lo exigido por la ley.

EPP (Elementos de Protección Personal)

Objetivo

Capacitar y concientizar el personal sobre la importancia y beneficio del uso adecuado de los diferentes EPP de acuerdo a las diferentes actividades desarrolladas en la empresa, con el fin de minimizar los accidentes y posibles enfermedades que se encuentran en la industria.

En  Colombia  los requerimientos para el uso y la implementación de Elementos de protección Personal en los lugares de trabajo, se encuentran contemplados en la Ley 9 de Enero 24 de 1979 (Titulo III SALUD OCUPACIONAL, Artículos 122 a 124)

Elementos de protección personal

Artículo 122.- Todos los empleadores están obligados a proporcionar a cada trabajador, sin costo para éste, elementos de protección personal en cantidad y calidad acordes con los riesgos reales o potenciales existentes en los lugares de trabajo.
Artículo 123.- Los equipos de protección personal se deberán ajustar a las normas oficiales y demás regulaciones técnicas y de seguridad aprobadas por el Gobierno.
Artículo 124.- El Ministerio de Salud reglamentará la dotación, el uso y la conservación de los equipos de protección personal.


Resolución 2400 de Mayo 22 de 1979 (Titulo IV, Capitulo II DE LOS EQUIPOS Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN, Artículos 176 a 201) Articulo 176 - 201

PLAN DE SEGURIDAD VIAL

“El primer paso que debe dar una sociedad que pregona la vida como valor supremo, es reconocer a las víctimas de los accidentes de tránsito y el problema estructural y social, de salud pública de primera magnitud que implican, admitir que las causas que las ocasionan, en su mayoría son evitables y aceptar que la seguridad vial debe hacer parte de las políticas y responsabilidades de las organizaciones, entidades y empresas, sin importar su tamaño o actividad.”

RESOLUCIÓN 0001565 DE 2014.

Objetivo

Desarrollar un plan de seguridad vial con el fin de concientizar a la comunidad general de la empresa sobre los riesgos viales y así poder minimizar el indice de accidentalidad que son producidos por éste.                 

TRABAJO SEGURO EN ALTURAS

"Establecer el Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas. Se entenderá su obligatoriedad en todo trabajo en el que exista el riesgo de caer a 1,50 m o más sobre un nivel inferior. O en construcción de nuevas edificaciones y obras civiles, se entenderá la obligatoriedad de esta resolución una vez la obra haya alcanzado una altura de 1,80 m o más sobre un nivel inferior, momento en el cual el control de los riesgos se deberá hacer desde la altura de 1.50 mts.

CAMPO DE ACCIÓN

Aplica a todos los empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las actividades económicas de los sectores formales e informales de la economía, que desarrollen trabajos en alturas con peligro de caídas.

Excepto a: Actividades de atención de emergencias y rescate; Actividades lúdicas, deportivas, de alta montaña o andinismo y artísticas."

Resolucion 1409 de 2012